El río como sujeto de derechos

los casos emblemáticos de los ríos Atrato (Colombia) y Doce (Brasil)

Autores

DOI:

https://doi.org/10.22562/2023.59.04

Palavras-chave:

Derechos bioculturales, Conservación, Sentencia T-622/16

Resumo

El diálogo entre el derecho y la historia ambiental es la base de este artículo que se propone identificar cómo se dio el “proceso” de reconocimiento del río Atrato en Colombia, como sujeto de derechos, para luego verificar las implicaciones jurídicas en Brasil, teniendo como punto de referencia el desastre minero que contaminó el cauce del río Doce, al 5 de noviembre de 2015. El punto de partida fue un análisis documental de la Sentencia T-622/16 de la Corte Constitucional de Colombia. El escenario de las violaciones de los ríos Atrato y Doce tiene algunas similitudes, ya que ambos vienen sufriendo los efectos negativos de la minería industrial a gran escala. El escenario legal de Brasil y Colombia tiene similitudes, con sistemas constitucionales rígidos, con normas para la protección de un medio ambiente ecológicamente equilibrado. Además, ambos Estados han ratificado varios tratados internacionales sobre medio ambiente y comunidades tradicionales. Nuestra pregunta central es verificar si la decisión de reconocer al río Atrato como sujeto de derechos podría aplicarse al río Doce.

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Biografia do Autor

Haruf Salmen Espindola, Universidade Vale do Rio Doce

Magíster en Historia Política por la UnB, Doctor en Historia Económica por la USP. Profesor de la Universidad Vale do Rio Doce, en el curso de graduación en Derecho y en el Programa Interdisciplinario de Posgrado en Gestión Integrada de Territorio (GIT/Univale). 

Ricardo Rozzi, Universidad de Magallanes y de la Universidad del Norte de Texas

Magíster en Filosofía y Doctor en Ecología por la Universidad de Connecticut, USA. Profesor de la Universidad de Magallanes (Chile) y de la Universidad del Norte de Texas (UNT/USA), vicepresidente del Center for Environmental Philosophy in the USA; es director del Programa de Conservación Biocultural Subantártica; director, Centro Internacional Cabo de Hornos (CHIC); Parque Etnobotánico Omora, Puerto Williams, Chile. 

Iesmy Elisa Gomes Mifarreg, Universidade Vale do Rio Doce

Magíster en Gestión Integrada del Territorio por la Universidad Vale do Rio Doce (GIT/Univale), investigador del Observatorio Interdisciplinario del Territorio (OBIT/Univale), sobre el desastre Vale/BHP/Samarco.

Valentina González Morales, Universidad del Norte de Texas

Magister en Filosofía de la Universidad de Caldas, Doctora en filosofía de la Universidad del Norte de Texas (UNT/EUA). Grupo de investigación Filosofía y Cultura de la Universidad de Caldas. Cape Horn International Center (CHIC) en Chile.

Lissandra Lopes Coelho Rocha, Universidade Vale do Rio Doce

Magíster en Derecho por la Universidad Gama Filho, Doctora en Ciencias Humanas por la Universidad Federal de Santa Catarina (UFSC). Profesor de la Universidad Vale do Rio Doce, en el curso de graduación en Derecho y en el Programa Interdisciplinario de Posgrado en Gestión Integrada de Territorio (GIT/Univale).

Diego Jeangregório Martins Guimarães, Universidade Vale do Rio Doce

Magíster en Gestión Integrada del Territorio por la Universidad Vale do Rio Doce (GIT/Univale), investigador del Observatorio Interdisciplinario del Territorio (OBIT/Univale), profesor del curso de graduación en Derecho de la Universidad Vale do Rio Doce.

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Publicado

2023-10-27